Concepto jurídico de igualdad
El principio de igualdad
originariamente se gestó pensando justamente en eliminar las injusticias
propias de los siglos pasados, sin embargo, al hacer la aplicación literal de
este principio lo único que se provocó es que dichas injusticias se hicieran
aún más grandes. Y es que “igualdad” en este sentido literal efectivamente
significa que todas las personas deben recibir exactamente el mismo trato, sin
reparar en las distintas condiciones personales y contextos a las que pudieran
enfrentarse cada uno de los individuos. Ciertamente esta concepción de igualdad
fue errónea, pues la esencia real de la aplicación de esta igualdad debió estar
referida, como lo menciona Nogueira, a la igualdad de todos los seres humanos
en cuanto a dignidad se refiere y por lo demás hablar en todo caso de un
principio de equidad y proporcionalidad.
Con base a lo anterior y desde mi
punto de vista, al referirnos al concepto de igualdad entiendo que, en lo que
se refiere a dignidad humana todas las personas, independientemente de su edad,
sexo, raza, condición de salud, socio-económica, cultural, religiosa, política,
etc. gocen por igual del respeto a dicha dignidad, de manera que ninguno sea menoscabado,
despreciado u ofendido no solo por entes estatales, si no por cualquier otro
individuo. Sin embargo en lo que respecta al Derecho considero que la igualdad
se refiere a gozar de los mismos derechos y obligaciones, siempre que los
individuos que pretenden acceder a estos reúnan los requisitos que la ley
especifica, aunque aquí creo que nos encontramos con la problemática de que no
siempre lo legal es lo justo o lo correcto, por lo que se hace necesario el
vigilar que dichas leyes sean discriminatorias solo en la medida de que exista
una razón suficiente y razonable y que no vaya en contra de la ya mencionada
dignidad humana.
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